El Supremo estima un recurso de Cabify y la CAM decidirá si concede mil nuevas VTC

El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente un recurso de Maxi Mobility Spain (Cabify) en el que reclamaba la concesión de 1.000 VTC. En virtud de esta sentencia, que da un golpe definitivo en nuestro país a la proporcionalidad 1/30 entre taxis y VTC, ahora será la Comunidad de Madrid la que decida si otorga o no ese millar de autorizaciones a la compañía solicitante.

Vehículo VTC
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El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente un recurso de Maxi Mobility Spain (Cabify) en el que reclamaba la concesión de 1.000 VTC. En virtud de esta sentencia, que da un golpe definitivo en nuestro país a la proporcionalidad 1/30 entre taxis y VTC, ahora será la Comunidad de Madrid la que decida si otorga o no ese millar de autorizaciones a la compañía solicitante.

La consecuencia de esta sentencia no es inmediata, ya que tal y como aclara el Alto Tribunal, pese al contenido de la sentencia, el acto no puede suponer la concesión inmediata de 1.000 VTC a la empresa solicitante, en este caso Maxi Mobility Spain.

El Supremo, con su estimación parcial, ha ordenado la retroacción del procedimiento a la Comunidad de Madrid, que será la encargada de resolver si concede o no ese millar de autorizaciones VTC. En cualquier caso, ya no se podrá justificar la negativa a dar esas autorizaciones por el 1/30.

Esta sentencia abarca solo un procedimiento de los muchos que hay abiertos directamente relacionados con este asunto. Por lo tanto, se inicia ahora un tiempo de gran incertidumbre ya que precisamente el 1/30 había sido la razón utilizada por los tribunales para denegar miles de autorizaciones de vehículos de alquiler con conductor (VTC) en nuestro país.

El Alto Tribunal recuerda que, ya en el mes de junio de 2023, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) fijó que la limitación o proporcionalidad 1/30, aunque no suponía una ayuda estatal hacia el taxi, sí que era contraria a la libertad de establecimiento fijada en el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Lo que ha hecho el Supremo, por lo tanto, es asumir la jurisprudencia europea y declarar que, si se quieren establecer límites a las VTC, estos deben ser proporcionados y estar justificados por razones imperiosas de interés general como el medioambiente, el espacio público o el tráfico. Serán las Comunidades Autónomas, como así establece la Ley de Transportes modificada tras la sentencia europea, las que deben establecer estos criterios para limitar la otorgación de VTC.

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